Error
Porfavor rellene todos los campos
Point machine logo

Desarrollado por Hoteligy.com
Beneficios Fiscales para Residentes en España

Los incentivos fiscales aplicables a las donaciones efectuadas a la Fundación Canaria Adrián Hoteles por contribuyentes, personas físicas o jurídicas con residencia fiscal en España son los siguientes:

PERSONAS FÍSICAS
Las Personas Físicas, contribuyentes del Impuesto sobre la Renta a las que resulta de aplicación la Ley 35/2006, del 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que efectúen donaciones a la Fundación Canaria Adrián Hoteles podrán aplicar en la declaración del IRPF la siguientes deducciones:
Hasta 150 € anuales: el 75 %. De 150 € en adelante: el 30 %.
Si se efectúan donaciones periódicas a la Fundación realizadas durante, al menos, tres años por un importe igual o superior, el exceso sobre los primeros 150 € donados, generará una deducción del 35 %. La base de la deducción por donativos no podrá exceder del 10% de la base liquidable del IRPF.

PERSONAS JURÍDICAS
Las personas jurídicas, contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades a las que resulta de aplicación de la Ley 27/2014, del 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, que efectúen donaciones a la Fundación Canaria Adrián Hoteles podrán aplicar las siguientes deducciones:
La desgravación en el Impuesto de Sociedades es del 35%. Para las donaciones realizadas a una misma entidad durante al menos tres años por un importe igual o superior, la desgravación es del 40 %. El importe de la donación no tiene la consideración de gasto deducible en la determinación de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.